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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por una solicitante en cont…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por una solicitante en contra del Instituto de Salud Pública de Chile, relacionado con información sobre los componentes de determinadas vacunas. El Consejo concluyó que el requerimiento de conocer si los componentes eran de origen animal, fetal, químicos, nanotecnológicos o metales pesados, junto con estudios relevantes sobre los mismos, excedía el tenor literal de la solicitud original, por lo que el amparo fue rechazado. Sin perjuicio de ello, en aplicación de los principios de máxima divulgación y facilitación, se ordenó remitir a la peticionaria copia del informe técnico N°5 acompañado por el órgano en sus descargos. La decisión fue adoptada por unanimidad de los consejeros presentes, y contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley 20.584
  • Artículo 14 de la Ley 20.584
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.