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El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra la Subsecretaría d…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo presentado contra la Subsecretaría de Salud Pública, que solicitaba la entrega de una variable sobre egresos hospitalarios. El Consejo determinó que la información requerida, al combinarse con datos ya proporcionados y otros disponibles en bases públicas o privadas, generaba un riesgo cierto y específico de reidentificación de los usuarios de establecimientos de salud. Por ello, se configuró la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, en relación con la Ley N°19.628 sobre protección de datos personales y sensibles. La decisión se fundó en el ejercicio de las facultades del Consejo según los artículos 33 letras j) y m) de la Ley de Transparencia, y aplicó criterios de casos anteriores.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • DFL N° 1
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar datos de egresos hospitalarios si, combinados con otra información, permiten reidentificar a los pacientes?

No, en este caso el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque la información, cruzada con datos ya entregados y con bases públicas o privadas, generaba un riesgo cierto y específico de reidentificación de usuarios de establecimientos de salud.

¿Cuándo se configura la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia en relación con datos de salud?

Según esta resolución, se configura cuando la entrega de la información expone datos personales y sensibles de los usuarios, en relación con la Ley N°19.628, al existir un riesgo cierto y específico de reidentificación de los pacientes.

¿Qué facultades tiene el Consejo para la Transparencia para resolver un amparo sobre datos de salud?

En este caso, el Consejo se fundó en sus facultades de los artículos 33 letras j) y m) de la Ley de Transparencia y aplicó criterios de casos anteriores para rechazar el amparo contra la Subsecretaría de Salud Pública.

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