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El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucio…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2021

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 318 del Código Penal, que sanciona la infracción de medidas sanitarias. El Tribunal argumentó que dicha norma vulnera el principio de legalidad penal (artículo 19 N° 3 de la Constitución), al no describir expresamente la conducta punible y delegar su determinación a normas infralegales o resoluciones administrativas, lo que genera inseguridad jurídica y permite una aplicación arbitraria. Se señaló que la autoridad administrativa no está legitimada para definir delitos, y que el contexto de emergencia sanitaria no justifica delegar funciones legislativas al Ejecutivo. El fallo rechazó el requerimiento en cuanto a la desproporcionalidad de las penas sustitutivas, concluyendo que la disposición no es discriminatoria ni carece de razonabilidad legislativa.

Normas citadas

  • artículo 318, de Código Penal
  • artículo 398, de Código Procesal Penal
  • artículo 342, de Código Procesal Penal
  • artículo 174, inciso cuarto, de Código Sanitario
  • Constitución Política, artículo 1, inciso cuarto
  • Constitución Política, artículo 19, inciso segundo, numeral 3
  • Constitución Política, artículo 19, inciso cuarto, numeral 3
  • Constitución Política, artículo 19, inciso noveno, numeral 3
Tribunal ConstitucionalINAAcción De InconstitucionalidadAprehensión De Fiscales JudicialesAutoresConstitucionalidad De Decretos SupremosControl De Constitucionalidad De Proyectos De LeyControl de convencionalidad

Preguntas frecuentes

¿El artículo 318 del Código Penal, que sanciona el incumplimiento de medidas sanitarias, respeta el principio de legalidad penal?

En este caso, el Tribunal Constitucional acogió el requerimiento y estimó que la norma vulnera el principio de legalidad penal, porque no describe expresamente la conducta punible y deja su determinación a normas infralegales o resoluciones administrativas.

¿Puede una autoridad administrativa definir qué conductas constituyen delito en materia sanitaria?

En este caso, el Tribunal sostuvo que la autoridad administrativa no está legitimada para definir delitos, y que el contexto de emergencia sanitaria no justifica delegar funciones legislativas al Ejecutivo.

¿Es desproporcionada la pena sustitutiva prevista para el incumplimiento de medidas sanitarias?

En este caso, el Tribunal rechazó el requerimiento en cuanto a la desproporcionalidad de las penas sustitutivas, concluyendo que la disposición no es discriminatoria ni carece de razonabilidad legislativa.

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