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El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad cont…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

Resumen

El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que establecía penas sustitutivas. La mayoría del tribunal consideró que la disposición vulneraba los principios de proporcionalidad, racionalidad y humanidad, derivados de la dignidad humana, así como la igualdad ante la ley y el derecho a un procedimiento racional y justo, al impedir al juez optar por penas sustitutivas más idóneas según el caso concreto. Se argumentó que la exclusión total de beneficios para ciertos delitos era desproporcionada, pues la severidad de la pena debe relacionarse con la gravedad del delito. Además, se señaló que las penas sustitutivas no implican impunidad, sino sanciones punitivas orientadas a la reinserción social, y que la privación de libertad debe reservarse para delitos graves. Sin embargo, respecto al artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas, el tribunal concluyó que su aplicación no era contraria a la Constitución, pues no se vulneraban las garantías del artículo 19.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional que la ley impida al juez otorgar penas sustitutivas a la privación de libertad para ciertos delitos sin considerar el caso concreto?

En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento y estimó que la exclusión total de penas sustitutivas vulneraba los principios de proporcionalidad, racionalidad y humanidad, así como la igualdad ante la ley, al impedir al juez elegir la pena más idónea.

¿Las penas sustitutivas equivalen a impunidad para quien comete un delito?

En este caso, el tribunal señaló que las penas sustitutivas no implican impunidad, sino sanciones punitivas orientadas a la reinserción social, y que la privación de libertad debe reservarse para los delitos graves.

¿Debe la severidad de la pena guardar relación con la gravedad del delito?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que la severidad de la pena debe relacionarse con la gravedad del delito, por lo que excluir de forma absoluta los beneficios para ciertos delitos resultó desproporcionado.

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