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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra el Ser…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra el Servicio de Impuestos Internos, ordenando aclarar puntos dudosos en la información entregada sobre estadísticas de recursos de reposición administrativa voluntaria, revisión de la actuación fiscalizadora y recursos jerárquicos de todas las direcciones regionales consultadas. Se constató que, si bien se entregó la información existente, había incongruencias que debían ser aclaradas para cumplir íntegramente con la obligación de informar. Por otro lado, se rechazó el amparo respecto de un recurso jerárquico resuelto conforme al artículo 85 de la Ley del IVA, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra c) de la Ley de Transparencia, ya que el sistema informático no permitía filtrar por artículos legales, lo que implicaba recopilar un gran volumen de información (al menos 800 recursos en 5 años), distrayendo indebidamente a los funcionarios. También se rechazaron alegaciones sobre un recurso de resguardo por exceder la solicitud original. Se recomendó al Servicio mejorar su gestión documental.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede el amparo de transparencia si el organismo entregó información estadística pero con incongruencias?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo contra el Servicio de Impuestos Internos, porque si bien entregó la información existente, había incongruencias que debía aclarar para cumplir íntegramente su obligación de informar.

¿Se puede negar información de recursos jerárquicos por ser de gran volumen y distraer a los funcionarios?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de un recurso jerárquico al configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra c) de la Ley de Transparencia, porque el sistema no permitía filtrar por artículos legales y la recopilación de unos 800 recursos en cinco años distraía indebidamente a los funcionarios.

¿Puede un organismo rechazar una solicitud de transparencia por exceder el alcance de la solicitud original?

En este caso, el Consejo rechazó las alegaciones del Servicio sobre un recurso de resguardo, por considerar que exceder la solicitud original no justificaba la negativa, y recomendó al organismo mejorar su gestión documental.

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