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El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra de la Subsecretar…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Energía, relativo a la entrega de información sobre el nombre, calidad jurídica y registro de asistencia de funcionarios afiliados a asociaciones gremiales con fuero sindical durante 2022. Se resolvió que lo solicitado constituye un dato personal conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada, pues su divulgación afectaría el derecho a la protección de datos personales del artículo 19 N° 4 de la Constitución, en relación con los artículos 21 N° 2 y 33 letra m) de la Ley de Transparencia. El Consejo aplicó criterios de decisiones previas y acordó por unanimidad rechazar el amparo, notificando a las partes y señalando que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.

Normas citadas

  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.296
  • Artículo 21 de la Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 2757
  • Decreto Ley N° 2757
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Es el nombre y registro de asistencia de funcionarios afiliados a una asociación gremial un dato personal que no puede entregarse por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que lo solicitado constituye un dato personal y que su divulgación afectaría el derecho a la protección de datos personales, por lo que rechazó el amparo contra la Subsecretaría de Energía.

¿Procede el amparo a la transparencia cuando se pide información sobre la afiliación sindical de funcionarios públicos?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo al entender que la información sobre funcionarios afiliados a asociaciones gremiales con fuero sindical es un dato personal protegido por la Ley de Transparencia y la Ley sobre Protección de la Vida Privada.

¿Qué recurso procede contra la resolución del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo?

En este caso, el Consejo señaló que procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones contra la resolución que rechazó el amparo.

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