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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra Carabi…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra Carabineros de Chile, por la negativa a entregar registros audiovisuales de cámaras portadas por funcionarios de un grupo de operaciones policiales especiales, correspondientes a noviembre de 2019 en las comunas de S.P.. El Consejo estimó que se trataba de información pública en poder del organismo y que no se acreditaron suficientemente las causales de reserva o secreto invocadas, además de considerar improcedente la derivación al Ministerio Público. En consecuencia, ordenó entregar las grabaciones de los días 1 al 7 de noviembre en ambas comunas, y las del 9 al 16 de noviembre en la comuna de Santiago de manera difuminada, en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada. Rechazó el amparo respecto de tres solicitudes por no obrar la información en poder del órgano, y respecto del registro del 8 de noviembre en Santiago por formar parte de una investigación penal.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOrden y Seguridad Interior

Preguntas frecuentes

¿Las grabaciones de cámaras portadas por funcionarios de Carabineros son información pública que se puede pedir por Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que los registros audiovisuales de cámaras portadas por funcionarios de un grupo de operaciones policiales especiales eran información pública en poder del organismo. Por ello acogió parcialmente el amparo y ordenó su entrega.

¿Carabineros puede negarse a entregar registros audiovisuales alegando reserva o secreto, o derivar la solicitud al Ministerio Público?

En este caso, el Consejo concluyó que no se acreditaron suficientemente las causales de reserva o secreto invocadas y consideró improcedente la derivación al Ministerio Público. Por eso ordenó entregar grabaciones, en parte de ellas difuminadas.

¿Cuándo se rechaza un amparo de acceso a información por no estar la información en poder del órgano o por existir una investigación penal?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de tres solicitudes porque la información no obraba en poder del órgano. También lo rechazó respecto de un registro específico por formar parte de una investigación penal.

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