Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones que rechazó el recurso de protección interpuesto por el demandante contra el Servicio Nacional de Migraciones. El recurrente impugnó la resolución exenta que no acogió a trámite su solicitud de residencia definitiva, fundada en el incumplimiento del tiempo mínimo de residencia temporal exigido. La Corte consideró que el servicio actuó conforme a la ley, específicamente la Ley N°21.325 y su reglamento, que requieren al menos 24 meses de residencia temporal para postular a la residencia definitiva. Además, se destacó que los antecedentes fueron remitidos al departamento competente para otorgar un permiso temporal, manteniendo al recurrente en situación regular. Al no constatarse ilegalidad ni arbitrariedad, la acción constitucional no podía prosperar. Por lo tanto, se confirmó el fallo apelado y se rechazó la protección.