Seguridad social

Extensión del permiso postnatal parental.

Resumen del criterio jurisprudencial

Extensión del permiso postnatal parental. Aquellas trabajadoras o trabajadores que se encontraren en la situación de la letra a) y que estuvieren haciendo uso de una licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año extendida por más de siete días (por haber hecho con anterioridad uso de licencias médicas de este tipo cuya suma sobrepasan de un total de treinta días corridos) y que con posterioridad al uso de la extensión del permiso postnatal parental volvieren a hacer uso de este tipo de licencias, no perderán el derecho a que éstas licencias médicas por enfermedad grave del niño menor de un año sigan siendo extendidas por todo el período que el médico tratante estime necesario, no debiendo, en dicho caso, volverse a extender nuevamente dichas licencias con el límite de hasta siete días corridos, establecido en el artículo 18 del D.S N°3.

Licencias Médicaspermiso postnatal parentalEnfermedad grave del niño menor de un año

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.