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La Contraloría General de la República resolvió que no procede el término anticipado de…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República resolvió que no procede el término anticipado del contrato a plazo fijo de una funcionaria regida por la ley N° 19.378, de atención primaria de salud municipal, cuando dicho término se fundó en la fórmula "mientras sean necesarios sus servicios". Explicó que esa ley solo admite contratos a plazo fijo o indefinido, sin designaciones sujetas a condición, por lo que la Municipalidad de San Ramón no actuó conforme a derecho al contratar con esa fórmula ni al poner término a la relación por falta de necesidad de sus servicios. En consecuencia, ordenó reincorporar a la funcionaria y pagarle las remuneraciones y asignaciones no percibidas, informando dentro de 10 días hábiles. Declaró inoficioso pronunciarse sobre las demás reclamaciones y recordó que los decretos de designación a plazo fijo deben registrarse conforme al artículo 53 de la ley N° 18.695, instruyendo remitir el decreto respectivo en el mismo plazo.

Normas citadas

  • ley 19378 art/14
  • ley 19378 art/48
  • ley 18695 art/53
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Es válido poner término a un contrato a plazo fijo en atención primaria municipal invocando que ya no son necesarios los servicios?

En este caso, la Contraloría General de la República resolvió que no procede el término anticipado de un contrato a plazo fijo regido por la ley 19.378 cuando se fundó en la fórmula "mientras sean necesarios sus servicios", porque esa ley solo admite contratos a plazo fijo o indefinido, sin condiciones.

¿Qué debe hacer la municipalidad si puso término ilegal a la relación laboral de una funcionaria de salud municipal?

En este caso, la Contraloría ordenó reincorporar a la funcionaria y pagarle las remuneraciones y asignaciones no percibidas, informando el cumplimiento dentro de 10 días hábiles.

¿Deben registrarse los decretos de designación a plazo fijo de personal municipal en la Contraloría?

En este caso, la Contraloría recordó que los decretos de designación a plazo fijo deben registrarse conforme al artículo 53 de la ley 18.695 e instruyó remitir el decreto respectivo en el mismo plazo.

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