Resumen del criterio jurisprudencial
En juicio simplificado la Fiscalía acusó al imputado como autor del delito de perjurio del artículo 210 del Código Penal. El Tribunal estimó acreditado el delito en atención a que el acusado declaró ante un Notario Público que había extraviado su licencia de conducir, en circunstancias que ésta se encontraba retenida por una condena por el delito de manejo en estado de ebriedad. Finalmente, desestimó aplicar el artículo 398 del Código Procesal Penal, en atención a que el elemento de reconocer su responsabilidad fue considerado previamente para no aplicar la pena asignada al delito, no siendo posible una segunda aplicación, además de contar el acusado con una causa anterior por el delito de manejo en estado de ebriedad, y ser el delito de perjurio un delito de gravosidad social.