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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la defensa judicial que el Se…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la defensa judicial que el Servicio de Impuestos Internos otorgó a un funcionario, conforme al artículo 90 del Estatuto Administrativo, y sobre la contratación de un estudio jurídico externo para ejercerla. El organismo concluyó que no existía inconveniente legal para que el Servicio externalizara la defensa, considerando lo informado sobre la eventual falta de imparcialidad de sus propios abogados en ese caso y la especialidad de la labor requerida. Respecto del procedimiento, determinó que el trato directo era procedente porque se trataba de servicios especializados inferiores a 1.000 UTM, conforme al reglamento de la Ley N° 19.886 y su artículo 107, y que la resolución que lo autorizó fundamentó la naturaleza especial del servicio, la idoneidad del proveedor y la conveniencia de esa modalidad. Por ello, resolvió que la implementación de la contratación se ajustó a derecho. El dictamen fue reconsiderado parcialmente por el dictamen N° 30422/2016.

Normas citadas

  • ley 18834 art/61 lt/k
  • ley 18834 art/90 inc/1
  • ley 19886
  • dto 250/2004 Hacie art/10 num/7 lt/m
  • dto 250/2004 Hacie art/107 inc/2
  • dto 250/2004 Hacie art/106 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un Servicio contratar un estudio jurídico externo para la defensa judicial de un funcionario en vez de usar a sus propios abogados?

En este caso, la Contraloría concluyó que no existía inconveniente legal para externalizar la defensa, considerando la eventual falta de imparcialidad de los abogados internos en ese asunto y la especialidad de la labor requerida.

¿Es procedente el trato directo para contratar servicios jurídicos especializados de menos de 1.000 UTM según la Ley de Compras Públicas?

En este caso, la Contraloría determinó que el trato directo era procedente por tratarse de servicios especializados inferiores a 1.000 UTM, conforme al reglamento de la Ley N° 19.886 y su artículo 107.

¿Qué debe fundamentar la resolución que autoriza un trato directo para contratar servicios jurídicos externos en un Servicio público?

En este caso, la Contraloría consideró que la resolución fundamentó la naturaleza especial del servicio, la idoneidad del proveedor y la conveniencia de usar esa modalidad, por lo que la contratación se ajustó a derecho. El dictamen fue reconsiderado parcialmente por el dictamen N° 30422/2016.

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