Resumen
La Contraloría General de la República conoció la solicitud de un jubilado que pedía la revisión de su pensión no contributiva y reclamaba por su bajo monto, así como el pago de diferencias del bono extraordinario de la ley N° 20.134. El organismo constató que, a la fecha de publicación de la ley, el peticionario acreditaba 15 años de cotizaciones y menos de 70 años de edad, por lo que correspondía el tramo 8 del bono establecido en el D.F.L. N° 40, de 2007, y no el tramo 5 que reclamaba, sin diferencias pendientes. Respecto de la pensión, el dictamen recordó que el inciso cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.260 limita a tres años el plazo para revisar beneficios previsionales, y que la respuesta anterior se había dado en 2006 mientras la nueva presentación se realizó en 2010. Por lo anterior, se concluyó que no procede la revisión, al estar vencido el plazo legal.