El Tribunal Constitucional acogió una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalida…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, declarándolo inaplicable en el caso concreto. La mayoría sostuvo que la exclusión total de ciertos delitos de las penas sustitutivas vulnera la igualdad ante la ley, el derecho a un procedimiento racional y justo y el principio de proporcionalidad de las penas, pues no considera la gravedad objetiva del delito medida por el quantum de la pena. Se indicó que la privación de libertad debe ser excepcional y que las penas sustitutivas buscan la reinserción social sin implicar impunidad. No obstante, un voto concurrente estuvo por rechazar la acción, señalando que los tribunales de fondo pueden aplicar la primacía de la realidad para proteger los derechos de los funcionarios públicos.
Constitución Política, artículo 38 bis, inciso segundo
Constitución Política, artículo 65, inciso quinto
Constitución Política, artículo 77, inciso cuarto
Tribunal ConstitucionalINAAfectacion De Los Derechos En Su EsenciaAutoresCompetencia Y Jurisdiccion PenalConstitucionalidad De Decretos SupremosDerecho A La DignidadDerecho A La Proteccion De Datos Personales
Preguntas frecuentes
¿Es constitucional excluir de forma absoluta ciertos delitos de la aplicación de penas sustitutivas a la pena privativa de libertad?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió la acción y declaró inaplicable el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216. Sostuvo que esa exclusión total vulnera la igualdad ante la ley, el derecho a un procedimiento racional y justo y el principio de proporcionalidad, porque no considera la gravedad objetiva del delito medida por la pena.
¿Puede la exclusión legal de penas sustitutivas impedir que el juez evalúe la gravedad concreta del delito?
Según este fallo, sí resulta problemático, porque la norma aplicada impide considerar la gravedad objetiva del delito medida por el quantum de la pena. El Tribunal indicó que la privación de libertad debe ser excepcional y que las penas sustitutivas buscan la reinserción social sin implicar impunidad.
¿Qué sostuvo el voto concurrente sobre la protección de los funcionarios públicos frente a este tipo de exclusiones?
En este caso, un voto concurrente estuvo por rechazar la acción. Señaló que los tribunales de fondo pueden aplicar la primacía de la realidad para proteger los derechos de los funcionarios públicos.
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