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El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra del Servicio de R…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, respecto de una solicitud de información sobre la cantidad de hijos de ciertas personas, un listado de ellos y sus datos de inscripción. Se resolvió que la divulgación de lo pedido implicaría develar datos personales y sensibles, afectando la esfera de la vida privada de los involucrados, protegida por el artículo 19 N° 4 de la Constitución. Además, se determinó que la Ley de Transparencia no es la vía idónea para obtener dichos datos, configurándose las causales de reserva del artículo 21 N° 2 y 5 de esa ley, en relación con la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada. La decisión se adoptó por unanimidad y contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.

Normas citadas

  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.477
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 21430
  • Ley N° 21.096
  • Artículo 2° de la Ley N° 19.628
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir por la Ley de Transparencia la lista de hijos de una persona y sus datos de inscripción en el Registro Civil?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque la divulgación implicaría datos personales y sensibles protegidos por la vida privada, y la Ley de Transparencia no es la vía idónea para obtenerlos. Se aplicaron las causales de reserva del artículo 21 N° 2 y 5 de la Ley N° 20.285.

¿Puede el Servicio de Registro Civil entregar datos de filiación de terceros mediante una solicitud de acceso a la información pública?

En este caso, el Consejo sostuvo que no, porque entregar esos datos afectaría la vida privada de los involucrados, protegida por el artículo 19 N° 4 de la Constitución, y se vinculó con la Ley N° 19.628 sobre protección de datos personales. Por ello el amparo fue rechazado por unanimidad.

¿Qué recurso procede contra la decisión del Consejo para la Transparencia que rechaza un amparo por reserva de datos personales?

En este caso, la resolución indica que contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. La decisión se adoptó por unanimidad.

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