Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Prevención del Delito, relativo a la entrega de planes, notas, minutas, directrices o informes sobre gestión de información vinculada a delincuencia y prevención, así como documentos de coordinación con la Unidad de Análisis Financiero y registros de reuniones. Se acogió la inexistencia de la información alegada por el órgano, al estimarse satisfecho el estándar de búsqueda exigido por la Instrucción General N°10. Se concluyó que las materias solicitadas, como la prevención del delito con componente económico o la detección temprana de fenómenos financieros ilícitos, escapan del ámbito de competencias de la Subsecretaría, conforme a los artículos 19 y 20 de la ley N°21.730. La decisión fue adoptada por unanimidad.