El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad presentado contr…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad presentado contra normas del Código del Trabajo que permiten a los jueces laborales conocer de acciones de tutela laboral de funcionarios públicos. El requirente sostenía que ello vulneraba la reserva de ley orgánica constitucional, la iniciativa exclusiva del Presidente en materia de beneficios estatales y el debido proceso, al desnaturalizar el vínculo estatutario de Derecho Público. El Tribunal, en su parte resolutiva, desestimó la impugnación al considerar que las penas asociadas a delitos de narcotráfico y crimen organizado no son desproporcionadas ni constituyen derecho penal de autor, pues la ley de control de armas contempla excepciones para coleccionistas y uso deportivo. Concluyó que no existe duda razonable sobre la severidad de la sanción ni vulneración a derechos fundamentales, por lo que rechazó el requerimiento.
Normas citadas
artículo 1, inciso tercero, de Código del Trabajo
artículo 485, de Código del Trabajo
artículo 19, inciso primero, de Constitución Política
artículo 19, inciso primero, numeral 4, de Constitución Política
artículo 19, inciso primero, numeral 5, de Constitución Política
artículo 19, inciso primero, numeral 6, frase "inciso primero", de Constitución Política
artículo 19, inciso primero, numeral 12, de Constitución Política
artículo 2, frase "inciso sexto", de Constitución Política
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Pueden los jueces laborales conocer de la tutela laboral de funcionarios públicos según el Código del Trabajo?
En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad contra esas normas del Código del Trabajo. Desestimó que la competencia de los jueces laborales vulnerara la reserva de ley orgánica, la iniciativa exclusiva del Presidente ni el debido proceso.
¿Es inconstitucional que las penas por narcotráfico y crimen organizado sean muy severas?
En este caso, el Tribunal Constitucional estimó que esas penas no son desproporcionadas ni constituyen derecho penal de autor. Tampoco halló duda razonable sobre la severidad de la sanción ni vulneración de derechos fundamentales.
¿La ley de control de armas vulnera la proporcionalidad de las sanciones penales?
En este caso, el Tribunal Constitucional consideró que la ley de control de armas contempla excepciones para coleccionistas y uso deportivo. Por ello, rechazó que las sanciones asociadas fueran desproporcionadas.
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