El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad cont…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018
Resumen
El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad contra el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que restringe la procedencia de penas sustitutivas a la privación de libertad. La mayoría sostuvo que la disposición no vulnera la Constitución, pues el legislador puede excluir ciertos delitos de dichas penas en virtud de la gravedad de los bienes jurídicos protegidos, como el control de armas, y que ello no es discriminatorio ni desproporcionado. Se argumentó que la supresión de penas sustitutivas satisface el principio de legalidad y la finalidad de cumplimiento efectivo de la pena, sin que los requirentes acreditaran un trato desigual injustificado. La sentencia fue redactada por los ministros que la suscriben.
Normas citadas
artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
artículo 1.1, de Constitución Política de la República
artículo 24, de Constitución Política de la República
artículo 21, de Código Penal
artículo 56, de Código Penal
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 69, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaDeterminación de la penaIgualdad ante la LeyReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Puede el legislador excluir a ciertos delitos de la procedencia de penas sustitutivas a la privación de libertad sin vulnerar la Constitución?
En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que sí, porque el legislador puede excluir ciertos delitos según la gravedad de los bienes jurídicos protegidos, como el control de armas, y esa restricción no es discriminatoria ni desproporcionada.
¿Es constitucional que una ley impida aplicar penas sustitutivas a un delito para asegurar el cumplimiento efectivo de la pena?
En este caso, el Tribunal Constitucional consideró que la supresión de penas sustitutivas respeta el principio de legalidad y la finalidad de cumplimiento efectivo de la pena, por lo que no vulnera la Constitución.
¿Cuándo una exclusión legal de beneficios penales constituye un trato desigual contrario a la Constitución?
En este caso, el Tribunal Constitucional exigió que el trato desigual sea injustificado y que los requirentes lo acrediten; como no lo lograron, la mayoría rechazó la alegación de discriminación respecto de la restricción de penas sustitutivas.
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