Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la legalidad del otorgamiento de una patente provisoria para una actividad comercial en la comuna de Santiago. Señaló que, por regla general, ninguna obra puede ser destinada a uso alguno sin su recepción definitiva, y que la falta de este requisito impide ejercer una actividad económica. Si bien la ley contempla una excepción que permite patentes provisorias sin recepción definitiva por hasta un año, esta requiere una ordenanza local vigente, cuya existencia no se acreditó en el caso. Por ello, concluyó que no procedía otorgar la patente provisoria, debiendo el municipio verificar los requisitos legales en futuras autorizaciones. En cambio, no observó irregularidad en la patente definitiva, pues el inmueble ya contaba con recepción final.