Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía rechazó el reclamo de avalúos de bienes raíces presentado por don guido andrés fernández gonzález, abogado, en contra de la retasación realizada en el año 2020 por el servicio de impuestos internos al inmueble de su propiedad ubicado en la comuna de temuco y que modificó el valor del predio de $1.141.994 a la suma de $25.446.885. el reclamante argumentó que se habría modificado la categorización de su inmueble, pasando de la primera serie de bienes raíces agrícolas a la segunda serie de bienes raíces no agrícolas, calificándolo el servicio como sitio eriazo, lo que a su juicio no correspondería pues el predio es destinado a la siembra y cosecha de papas y además proviene de la subdivisión de un inmueble de mayor cabida, el que tiene destino agrícola al igual que el inmueble objeto del reclamo. indica también que el cambio de destino del inmueble se realizó de un momento a otro, existiendo dos actuaciones que son contradictorias entre sí: por una parte, existe la comunicación del mes de abril de 2020, en la que se informa por parte de la autoridad administrativa que el inmueble con destino agrícola se encuentra exento del pago de contribuciones y luego la comunicación de junio de 2020, en la que se le efectúa un cobro suplementario de contribuciones por la reclasificación de su bien raíz a no agrícola no edificado, señalando que todo lo anterior ocurrió sin que el ente fiscalizador verificara las condiciones del predio. al respecto, señaló el tribunal en su sentencia que no existía ningún elemento probatorio aportado al proceso que permitiera establecer de manera razonable que el inmueble en cuestión se encontraba destinado preferentemente a la producción agropecuaria o que tenga esa potencialidad o que el reclamante ejerciera efectivamente algún giro agrícola y que declarara ingresos por dicha actividad. también expresó el sentenciador que dentro de las facultades que la ley le confiere al servicio de impuestos internos se encuentra la de actualizar los roles de avalúos de los bienes raíces, actuación que llevó a cabo en el inmueble de autos al detectar que existían características que hacían variar su destino, encontrándose las actuaciones realizadas por la autoridad administrativa dentro del marco legal, habiéndose realizado una verificación previa de las condiciones del predio, no siendo antojadizas las actuaciones emitidas y comunicadas por el servicio al reclamante mediante los correos electrónicos de abril y junio del año 2020.