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El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dio lugar al reclamo…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2020

Resumen

El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía no dio lugar al reclamo presentado por el abogado don david araya parraguez, en representación de la sociedad comercial cercoangol limitada, en contra de las liquidaciones números 87 y 88, emitidas el 30 de agosto de 2018 por la unidad de angol de la ix dirección regional del servicio de impuestos internos, las cuales determinaron diferencias de impuesto de primera categoría de la ley de la renta a consecuencia de rechazarse la franquicia tributaria hecha valer por la contribuyente, establecida en el artículo 14 quater de la ley de la renta.. señaló el tribunal en su sentencia que. en cuanto a la solicitud de nulidad planteada por vicios formales, se verificó que existió un correcto ejercicio formal de las facultades fiscalizadoras que encomienda la ley al servicio de impuestos internos, encontrándose las liquidaciones reclamadas debidamente explicadas y fundamentadas en cuanto a sus antecedentes y normas legales que sustentan el cobro de impuesto a la renta de primera categoría, por lo que, al carecer de asidero lo sostenido por el reclamante en cuanto a la falta motivación de los actos impugnados, se desechó la solicitud de nulidad. en cuanto al fondo, señala la sentencia que no se ha acreditó en el transcurso del proceso que la reclamante cumpliera con los requisitos establecidos en la letra a) del artículo 14 quater de la ley de la renta para acogerse al régimen excepcional de tributación establecido en dicha norma durante los años calendarios 2014 y 2015, por cuanto en sus ingresos anuales totales del giro deben considerarse aquellos provenientes de sus sociedades relacionadas, las cuales permanecían acogidas al beneficio en los años tributarios 2015 y 2016 y sus ingresos excedían el límite de 28.000 utm establecido en la ley.

Normas citadas

  • Ley N° 19.880
  • Código de Procedimiento Civil
  • Código Tributario
  • Oficio N° 326
  • Artículo 254 del Código de Procedimiento Civil
  • Ley N° 20.455
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 18.045

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