AdministrativoRechaza

Ni el Fisco de Chile que actúa como persona jurídica, ni las personas naturales tienen,…

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2005

Resumen

Ni el Fisco de Chile que actúa como persona jurídica, ni las personas naturales tienen, como regla general, responsabilidad extracontractual de naturaleza objetiva, la que puede darse en casos de excepción, cuando lo determina una ley. La falta de servicio contemplada en la Ley de Bases de la Administración es subjetiva, pues exige un reproche en el actuar del ente público.

Normas citadas

  • Código Civil
  • Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 227 del Código de Procedimiento Civil
Revista de Derecho del CDEjurisprudencia de interés fiscalRecurso de Apelación

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