PenalAcoge

Solo una vez que se declare que la prisión preventiva fue injustificadamente errónea o…

Resumen del criterio jurisprudencial

Solo una vez que se declare que la prisión preventiva fue injustificadamente errónea o arbitraria, como lo señala el artículo 19 Nº 7, letra i) de la Constitución Política por parte de la Excma. Corte Suprema el afectado tendrá derecho a ejercitar la acción a que se refiere dicha disposición a fin de ser indemnizado por el Estado. Respecto de los perjuicios patrimoniales y morales que haya sufrido y mientras esta declaración no exista, prematuro es deducir la demanda de autos, por cuanto la resolución que debe dictarse por parte del tribunal antes mencionado es un requisito o condición previa para el ejercicio de la acción de reparación..

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.