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El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido contra Carabineros de Chile y…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia acoge el amparo deducido contra Carabineros de Chile y ordena la entrega de las liquidaciones de sueldo del funcionario consultado en el período indicado, previa tarjado de la información relativa a la AFP, sistema de salud, descuentos personales y voluntarios, y datos personales de contexto como cédula de identidad, domicilio, fecha de nacimiento, entre otros. Se aplica el principio de máxima divulgación y divisibilidad de la Ley de Transparencia, pues se trata de información de funcionarios públicos que obra en poder del órgano reclamado, y la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia. Se apercibe al órgano con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento.

Normas citadas

  • Constitución Política de la República
  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede entregar las liquidaciones de sueldo de un funcionario público si se solicitan por la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo contra Carabineros de Chile y ordenó la entrega de las liquidaciones de sueldo del funcionario en el período indicado, aplicando el principio de máxima divulgación. Se ordenó tarjar previamente la información sobre AFP, salud, descuentos personales y voluntarios, y datos personales de contexto.

¿Qué datos personales deben tarjarse al entregar liquidaciones de sueldo de funcionarios públicos?

Según este fallo, antes de entregar las liquidaciones se deben tarjar los datos sobre AFP, sistema de salud, descuentos personales y voluntarios, y datos personales de contexto como cédula de identidad, domicilio y fecha de nacimiento. La divisibilidad permite entregar el resto de la información.

¿Qué sanciones enfrenta un órgano de la Administración del Estado que no cumple una orden de entrega de información de transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia apercibió a Carabineros de Chile con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento de la orden de entrega. El resumen no detalla las sanciones específicas.

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