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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la denegación de una concesió…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la denegación de una concesión marítima solicitada por la sucesión del titular fallecido. Se determinó que el Ministerio de Defensa Nacional actuó conforme a derecho al rechazar la transferencia y la nueva solicitud, pues la concesión terminó por la muerte de su titular antes de autorizarse la cesión a un tercero, y no se cumplió el objeto de la misma, consistente en la ejecución de un proyecto turístico. Tampoco existían mejoras particulares protegidas que habilitaran a la sucesión a pedirla. No obstante, se ordenó al Ministerio verificar y subsanar la falta del acto administrativo que declare formalmente la terminación por fallecimiento, debiendo informar a la Contraloría en un plazo de 30 días hábiles.

Normas citadas

  • dfl 340/60 HACIE art/2
  • dto 2/2005 DEFEN art/3
  • dfl 340/60 HACIE art/6
  • dfl 340/60 HACIE art/8 lt/a
  • dto 2/2005 DEFEN art/56 lt/a
  • dto 2/2005 DEFEN art/17 inc/fin
  • dto 2/2005 DEFEN art/40
  • dto 2/2005 DEFEN art/41 lt/a
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Preguntas frecuentes

¿Procede transferir una concesión marítima a los herederos si el titular falleció antes de autorizarse la cesión a un tercero?

En este caso, la Contraloría sostuvo que no procede, porque la concesión terminó por la muerte de su titular antes de autorizarse la cesión, por lo que el Ministerio de Defensa Nacional actuó conforme a derecho al rechazar la transferencia a la sucesión.

¿Puede la sucesión de un concesionario marítimo solicitar una nueva concesión sobre el mismo espacio?

En este caso, la Contraloría concluyó que la nueva solicitud fue correctamente denegada, ya que no existían mejoras particulares protegidas que habilitaran a la sucesión a pedirla y el objeto de la concesión, la ejecución de un proyecto turístico, no se había cumplido.

¿Debe la Administración dejar constancia formal cuando una concesión marítima termina por fallecimiento del titular?

En este caso, la Contraloría ordenó al Ministerio de Defensa Nacional verificar y subsanar la falta del acto administrativo que declare formalmente la terminación por fallecimiento, e informar en un plazo de 30 días hábiles.

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