Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si los exonerados políticos cuyo bono de reconocimiento fue utilizado para obtener beneficios previsionales en el sistema del decreto ley N° 3.500 de 1980 pueden acceder a una pensión no contributiva, por gracia. El órgano concluye que no es posible, porque las imposiciones que representa el bono se consideran en el cálculo de la pensión ya otorgada y quedan consumidas, por lo que no existen períodos previsionales vigentes que la respalden. Lo anterior busca evitar que un mismo período se utilice para obtener dos o más beneficios previsionales, lo que contraviene los principios de la seguridad social, conforme a la jurisprudencia administrativa de los dictámenes N°s 19.631, de 2000, y 19.127, de 2004. Sin perjuicio de ello, recuerda que la ley N° 19.234 otorga un abono de tiempo por gracia que, para quienes ya consumieron su bono, origina la emisión de un bono complementario.