Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exonerado político, ex empleado de la Corporación Nacional del Cobre, D.E.T., que pretendía ejercer el derecho de opción del artículo 16 de la ley 19.234 para acceder a un beneficio no contributivo por gracia. El organismo concluyó que no procede tal opción, porque el bono de reconocimiento y el bono complementario por abono de tiempo por gracia se encuentran consumidos en la pensión de vejez otorgada bajo el régimen del D.L. 3.500 de 1980, de modo que no quedan períodos previsionales vigentes que respalden un beneficio no contributivo. Se ratificó un dictamen previo de 2011 que sostiene esta misma interpretación, incluso cuando la cesión del bono a una compañía de seguros haya ocurrido por error de la autoridad administrativa.