Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un ex trabajador del A.F.U., reconocido como exonerado político, que pretendía optar entre una pensión no contributiva por gracia y el bono de reconocimiento que le fue emitido. Se constató que el requirente ya había recibido una pensión de vejez en el sistema del D.L. N° 3.500, de 1980, y que su bono de reconocimiento y el complemento por abono de tiempo por gracia se encontraban agotados en esa pensión. Por ello, el organismo concluyó que no le asiste el derecho a la opción prevista en el artículo 16 de la ley N° 19.234 para percibir el beneficio no contributivo solicitado, pues no existen períodos previsionales vigentes que lo respalden. Se reiteró el criterio de un dictamen anterior, según el cual, si el bono está comprometido en una pensión, aun por error administrativo, no procede conceder la pensión no contributiva.