Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Superintendencia de Educación por la negativa a entregar información solicitada mediante una denuncia. El órgano requerido sostuvo que el requerimiento no constituía una solicitud de información conforme a la Ley de Transparencia y que la información estaba protegida por la causal de reserva por afectación del debido cumplimiento de las funciones del órgano, al tratarse de antecedentes previos a la adopción de una resolución. El Consejo desestimó ambas alegaciones, por lo que ordenó la entrega de la información. Asimismo, dispuso que, una vez firme la decisión, el órgano debe acreditar la entrega efectiva, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia.