Resumen del criterio jurisprudencial
Ruc: 20-9-0000111-9; rit: ia-14-00012-2020; identificación de intervinientes: stephens valenzuela jorge y servicio de aduanas dirección regional valparaíso; fecha sentencia: 22.06.2022; tribunal que dictó la sentencia; tribunal tributario y aduanero de valparaíso; servicio recurrido: servicio de aduanas dirección regional valparaíso; resultado de la causa: ha lugar el reclamo. el tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento de reclamo de multas por infracciones, acogió el reclamo interpuesto por el reclamante en contra de multas establecidas en denuncias y actas correlativas, atendido que se formularon fuera del plazo de prescripción contemplado en el artículo 170 de la ordenanza de aduanas en concordancia con el artículo 96 del código penal, puesto que el procedimiento se inició con la primera notificación de las denuncias, efectuadas entre los días 11.12.2015 al 14.12.2015, sin embargo este se paralizó por más de tres años, atendido que las segundas notificaciones de las denuncias, en las que se citó a audiencia fueron efectuadas por el estado diario en las fechas 12.08.2019, 08.10.2019 y 09.10.2019, como asimismo, las audiencias donde se aplicaron las multas materia de este reclamo, las que tuvieron lugar los días 04.09.2019, 17.01.2020 y 20.01.2020, se celebraron con posterioridad a los tres años dispuestos en el artículo 96 del código penal, de manera que por aplicación de la aludida disposición legal, debe entenderse que la prescripción continúa como si no se hubiere interrumpido. por lo que, conforme al artículo 170 de la ordenanza de aduanas, al momento de aplicar las multas reclamadas se encontraba prescrita la facultad para sancionar las contravenciones de autos.