Resumen
La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre la situación planteada por un recurrente relativa al proyecto Relleno Sanitario Santiago Poniente. Por una parte, el asunto se encuentra sometido al conocimiento de los tribunales de justicia, por lo que el organismo no puede intervenir según el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336. Por otra, la potestad sancionatoria de la Superintendencia del Medio Ambiente sobre la revocación de la resolución de calificación ambiental depende de lo que se resuelva en sede jurisdiccional, por lo que tampoco puede intervenir por ahora, conforme al artículo 54, inciso final, de la ley N° 19.880. Respecto de las irregularidades denunciadas en la ejecución del proyecto, la Contraloría constató que los órganos competentes han ejercido sus atribuciones, denunciando o instruyendo procedimientos sancionatorios según correspondiera. El dictamen fue transcrito a la Superintendencia del Medio Ambiente, al Servicio de Evaluación Ambiental, a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana y a la empresa Proactiva Servicios Urbanos S.A.