Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos contra la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental que desestimó las reclamaciones contra la Resolución Exenta N° del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. Dicha resolución había calificado favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto 'Centro Integral de Gestión de Residuos Industriales' (CIGRI) de la empresa Ciclo S.A., ubicado en Til Til. Los recurrentes alegaron vulneración de los derechos constitucionales a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y a la no discriminación, así como falta de consideración de observaciones ciudadanas. La Corte concluyó que la autoridad administrativa actuó dentro de su competencia y que no se demostraron los errores de derecho denunciados. En consecuencia, mantuvo la validez del acto administrativo impugnado.