Resumen del criterio jurisprudencial
El caso trata de una reclamación interpuesta por Inmobiliaria Las Brisas de Chicureo S.A. contra la Dirección General de Aguas (DGA) para dejar sin efecto la resolución N° 2149 del 29 de agosto de 2008, que rechazó una reconsideración sobre el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no uso. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación, y la recurrente presentó recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema. La recurrente alegó violación al debido proceso (art. 19 N° 3 de la Constitución) y a las normas del Código de Aguas (art. 129 bis 9), argumentando que existían obras de captación que no fueron consideradas. La Corte Suprema desestimó el recurso, señalando que la recurrente tuvo oportunidad de probar la existencia de las obras durante el procedimiento administrativo pero no lo hizo en el plazo legal. Además, concluyó que no hubo infracción a las normas de procedimiento administrativo ni al principio de legalidad. En consecuencia, confirmó la sentencia recurrida y mantuvo la obligación de pago de la patente por no uso.