Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular en contra de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), por solicitudes de información sobre consejeros del Consejo Nacional Aymara de Mallkus y T'allas (CNA) en las comunas de Arica (urbano) y Putre, y sobre sus procesos de elección. El Consejo acogió parcialmente el amparo: tuvo por parcial y extemporáneamente cumplida la obligación de informar respecto del consejero de Arica (urbano) y de los motivos por los que no se realizó la elección en Putre, antecedentes que el órgano entregó con sus descargos. Rechazó el amparo en lo demás, por cuanto CONADI sostuvo que la información no obra en su poder en formato material, al tratarse de una organización privada no constituida conforme a la Ley N° 19.253, y no existieron antecedentes suficientes para desvirtuar esa afirmación. Asimismo, ordenó remitir al recurrente copia del escrito de descargos y sus anexos. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.