Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, que había denegado el acceso a información estadística sobre personas contagiadas y fallecidas por COVID-19 entre el 1 de enero y el 15 de mayo de 2020. El organismo alegó la causal de distracción indebida de sus funciones, por la necesidad de notificar a unas 250.000 personas conforme al artículo 20 de la Ley de Transparencia. El Consejo desestimó esa alegación, considerando que se trata de información pública, innominada e indeterminada, cuya divulgación no afecta derechos de titulares ni de familiares de fallecidos, por lo que la notificación individual resultaba innecesaria. En consecuencia, ordenó entregar la información desagregada por comuna, sexo, edad y servicio de salud, en un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 46 de la ley.