Resumen
La Contraloría General de la República resolvió no revisar la calificación de un funcionario de Carabineros de Chile incluido en la lista N°2, señalando que corresponde a la autoridad de la institución evaluar la gravedad de una denuncia y decidir si ordena instruir un sumario administrativo. Respecto de las peticiones formuladas, el organismo recordó que la autoridad debe acoger o denegar las solicitudes y comunicar lo resuelto dentro de un plazo prudencial, exigiendo a Carabineros dar oportuna respuesta en lo sucesivo. Sobre la supuesta no recepción de un documento, constató que la junta evaluadora informó haberlo recibido y tramitado, sin observar vulneración. En cuanto a la identificación de funcionarios, indicó que el peticionario debe requerirla directamente a la autoridad correspondiente, conforme a la Ley N° 20.285. Finalmente, se remitieron por correo electrónico los informes solicitados de la Dirección Nacional de Personal de Carabineros.