Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por una persona natural en contra de la Superintendencia de Salud, por la negativa a entregar cierta información. El organismo señaló que no poseía la información requerida, lo que el Fondo Nacional de Salud tampoco podía entregar, por no existir obligación legal que obligue a los profesionales consultados a informar lo solicitado. El Consejo constató que la reclamada cumplió con su deber de informar, explicando al solicitante las razones por las que la información no obraba en su poder, y que no existían antecedentes que desvirtuaran lo expuesto. En consecuencia, rechazó el amparo, decisión adoptada por unanimidad de sus miembros presentes, y dejó constancia de que procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde la notificación.