Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de un exfuncionario de la Armada que buscaba cuestionar la legalidad de su desvinculación y denunciaba haber sido víctima de delitos. El organismo recordó que su cese fue analizado en dictámenes anteriores, en los que se señaló que el decreto se dictó en ejercicio de una facultad privativa del Presidente de la República. Explicó que, de existir un vicio, la potestad de invalidación era imprescriptible antes de la vigencia de la Ley N° 19.880, pero que desde el 29 de mayo de 2003 el artículo 53 de esa ley fija un plazo de caducidad de dos años, por lo que ya no sería posible dejar sin efecto el decreto. Respecto de los delitos, reiteró que no puede intervenir en asuntos de carácter litigioso. Como los argumentos no diferían de los ya considerados, resolvió ratificar los dictámenes anteriores.