Resumen
La Contraloría General de la República conoció una solicitud de reconsideración del dictamen N° 71.092, de 2013, relativa al derecho a percibir la bonificación adicional del artículo 7, inciso primero, de la ley N° 20.649, que exige a los funcionarios municipales un mínimo de diez años de servicios en la administración municipal. El peticionario sostenía que la remisión que dicha norma hace al artículo 5°, inciso primero, permitía computar el plazo por años de servicio o fracciones superiores a seis meses. El organismo precisó que la remisión alcanza solo a los requisitos para reconocer períodos discontinuos, y no a la forma de cálculo del beneficio, que es una suma fija de 395 unidades de fomento. Por no aportarse nuevos antecedentes de hecho o de derecho que alteraran lo ya resuelto, se desestimó la petición y se ratificó el pronunciamiento original, cuya copia se remitió a la Municipalidad de Melipilla.