Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo deducido por un particular en contra de la Municipalidad de Pichilemu, por la falta de entrega de información solicitada en virtud de la Ley de Transparencia. Durante la tramitación, la municipalidad remitió al solicitante la información que sobre lo consultado obraba en su poder. Constatado lo anterior, el Consejo estimó cumplida la obligación de informar y, por la unanimidad de sus miembros presentes, resolvió rechazar el amparo. Contra esta decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde la notificación.