Resumen
El Consejo para la Transparencia dio por atendida la solicitud de información presentada contra la Municipalidad de Pichilemu, relativa al estado de tramitación de una investigación sumaria. El órgano proporcionó los antecedentes durante sus descargos y, al no pronunciarse la parte reclamante dentro del plazo, se aplicó el apercibimiento de tenerla por conforme. Además, considerando que la solicitud revela la calidad de denunciante de acoso de la parte solicitante, conforme al artículo 2, letra g), de la Ley sobre Protección de la Vida Privada, se ordenó mantener en reserva su identidad en la decisión y en los registros del Consejo, y se instruyó adoptar medidas para evitar su publicidad en los sitios externos.