Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado por una reclamante contra la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), relativo a la entrega de información sobre denuncias realizadas por la propia reclamante. El Consejo estimó que la remisión anterior de los antecedentes no constituía justificación suficiente para denegar el acceso a aquellos, por lo que ordenó su entrega conforme a la Ley de Transparencia, con un plazo de cumplimiento desde que la decisión quede ejecutoriada y bajo apercibimiento del artículo 46 de dicha ley. En cambio, rechazó el amparo respecto de los informes técnicos y la minuta jurídica solicitados, por no obrar en poder del órgano reclamado, y respecto del protocolo consultado, por haber sido informado con ocasión de la respuesta. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en 15 días corridos desde la notificación.