Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Superintendencia de Seguridad Social, ordenando la entrega de antecedentes relativos a reclamaciones formuladas por la propia solicitante ante ese organismo. El Consejo desestimó la objeción sobre la insuficiente acreditación del poder de representación de la mandataria, así como la negativa fundada en una entrega previa de la misma información, por no constituir una justificación suficiente y no constar tal circunstancia en los antecedentes tenidos a la vista. Asimismo, rechazó el amparo respecto de dos numerales de la solicitud por inexistencia de lo pedido. Se ordenó acreditar la identidad de la mandataria, cumplir la entrega en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, y acreditar su cumplimiento ante el Consejo.