Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo presentado por una persona reclamante contra la Superintendencia de Seguridad Social, a raíz de una denuncia que había formulado sobre determinados hechos y funcionarios. Durante la gestión oficiosa del Consejo, el organismo reclamado informó que no realizó ningún procedimiento para investigar los hechos denunciados, por estimar que carecían de fundamento legal, y que, en consecuencia, no se sancionó a ningún funcionario. Por unanimidad, el Consejo Directivo acogió el amparo y tuvo por informada de forma extemporánea la inexistencia de lo solicitado, en ejercicio de las facultades de los artículos 24 y siguientes y 33 letra b) de la Ley de Transparencia. La resolución indica que contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de 15 días corridos desde la notificación.