Resumen
El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo presentado contra la Municipalidad de San Pedro de la Paz, que solicitaba información sobre la posición espacial de todas las cámaras de seguridad administradas por el municipio. El Consejo estimó que revelar esa ubicación afectaría las labores municipales de prevención y control del delito, podría facilitar que se eludan las cámaras, exponerlas a manipulación o vandalismo y limitar la obtención de prueba, con riesgo para la seguridad pública y la integridad de los ciudadanos. Para ello, aplicó las causales de reserva del artículo 21 números 1, 2, 3 y 4 de la Ley de Transparencia, en los términos de los criterios de decisiones anteriores del propio Consejo. Contra esta resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos desde su notificación.