Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo contra la resolución N° 3, de 2014, del Ministerio de Bienes Nacionales, que puso término anticipado a una contrata que contenía la cláusula "mientras sean necesarios sus servicios". El organismo sostuvo que, con esa cláusula, la autoridad puede poner fin al vínculo en cualquier momento antes de su vencimiento, sin necesidad de una fundamentación especial, y que no era obligatorio notificar previamente la decisión, por lo que la comunicación informal efectuada no vició la desvinculación. Respecto del supuesto acoso laboral, la recurrente no indicó hechos concretos ni acompañó antecedentes, y el ejercicio de una atribución legal como poner término a una contrata no constituye por sí mismo una conducta persecutoria. En consecuencia, se cursó la resolución por no advertir irregularidad o arbitrariedad, y se desestimaron las reclamaciones.