Resumen
El Tribunal Constitucional examinó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad relativo a la expresión 'y secretamente' del artículo 205 del Código de Procedimiento Penal, en el marco de una gestión judicial pendiente. La mayoría sostuvo que el secreto de las declaraciones testimoniales durante el sumario impedía al imputado y a su defensa conocer y participar en la formación de la prueba, afectando el derecho a un procedimiento racional y justo del artículo 19 N° 3, inciso sexto, de la Constitución, y que no concurrían las excepciones del artículo 8° que justificaran dicho secreto. En su parte resolutiva, sin embargo, el fallo analizó el artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas, concluyendo que su aplicación en la gestión pendiente no resulta contraria a la Carta Fundamental, lo que el tribunal sostuvo a partir del régimen de autorización previa del artículo 103 de la Constitución. La sentencia fue pronunciada por el pleno del tribunal y registra un resultado de acogimiento parcial.