Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta de una persona que fue destituida de la Administración del Estado y quería saber si podía volver a postular a un cargo público. El organismo recordó que el artículo 12 de la ley N° 18.834 exige, para ingresar, no haber terminado funciones por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la expiración de funciones. Según sus registros, la destitución se notificó en 2010, por lo que el plazo ya se cumplió y el peticionario no está inhabilitado para acceder a un cargo público. Además, concluyó que no es necesario un decreto supremo de rehabilitación. Precisó que esto no excluye otras inhabilidades que puedan aplicarse según el empleo, como las del artículo 54 de la ley N° 18.575, que se revisarán en la toma de razón del respectivo acto.