Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo relativo a una convocatoria para presentar antecedentes destinada a proveer un cargo a contrata. El órgano concluyó que la ley N° 18.834 no obliga a realizar un concurso en este caso, y que la invitación no constituyó un certamen, pues no se fijaron etapas, factores de evaluación ni puntajes, por lo que se desestimó lo reclamado en ese punto. Asimismo, precisó que la valoración de los méritos de los postulantes y de sus competencias corresponde a la Administración activa, por lo que se rechazó también el reclamo sobre el resultado de la evaluación psicolaboral, cuya apreciación técnica corresponde a los profesionales del área. Finalmente, recordó el deber de abstención de los servidores públicos previsto en el artículo 62, numeral 6, de la ley N° 18.575, advirtiendo que, aunque no pareció afectar el resultado del proceso, debe considerarse para el futuro.