Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la presentación de un ex funcionario del Servicio de Salud Coquimbo, exonerado político, que pedía determinar su derecho a reliquidar la pensión que percibe en el antiguo régimen de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, incorporando las imposiciones registradas en el ex Servicio de Seguro Social, además de la revisión del abono de tiempo por gracia que se le otorgó. El Instituto de Previsión Social informó que ofreció al interesado optar entre una pensión no contributiva por gracia, vigente desde el 1 de agosto de 2003, y la jubilación por vejez que percibía, y que, según su opción, el beneficio no contributivo corre durante el período en que no es incompatible con la jubilación. Además, indicó que la jubilación se otorgó considerando solo las cotizaciones en el sistema de empleados públicos, por solicitud expresa del interesado. El órgano contralor concluyó que los antecedentes aportados resultan insuficientes para determinar la procedencia de la reliquidación ni para revisar el tiempo abonado por gracia, y ordenó al organismo previsional adoptar las medidas necesarias para informar detalladamente al recurrente sobre su situación previsional, dando cuenta a la Contraloría.